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CONFORMAR, el Comité de Contratación de Auxiliares de Educación de la DRE Madre de Dios para el año 2022

27 de Enero de 2022 - 10:04 AM


Resolución Directoral Regional N° 000293
Puerto Maldonado 25 de enero 2022

Visto, el MEMORANDO N” 00223-2022-GOREMAD/DRE, de fecha 25/01/2022, y;

 

CONSIDERANDO:


Que, el artículo 79 de la Ley No 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, el artículo 7 de la Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación  establece el procedimiento,  requisitos y condiciones  para la contratación  de auxiliares  de educación considerando  las labores propias del auxiliar de educación, asimismo;  a través del Decreto Supremo  N° 012-2018- MINEDU se modifica el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, que  regula los requisitos para acceder al cargo de auxiliar de educación;

...

SE RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO.- CONFORMAR, el Comité  de  Contratación  de  Auxiliares  de  Educación  de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios. Para el año 2022, de la siguiente manera:  

ARTÍCULO SEGUNDO: Las funciones del Comité de Evaluación son todo lo dispuesto en el numeral 5.5.10 de la Resolución Viceministerial N° 023-2019-MINEDU, “Norma para la contratación de auxiliares de educación en instituciones educativas públicas de los niveles de Educación inicial y Secundaria de la Educación Básica Regular y de los niveles de Educación Inicial y Primaria de la Educación Básica Especial".

ARTÍCULO TERCERO: IMPLEMENTAR, AMPLIAR Y EVALUAR su cumplimiento a partir de la emisión de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO: TRANSCRIBIR la presente Resolución, a las instancias correspondientes para su conocimiento y fines pertinentes.


 

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.

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